Importante fallo sobre aranceles de derechos intelectuales de Autores y Compositores

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que se suspenden en todo el ámbito de la provincia de Tucumán, por el término de trescientos sesenta (360) días contados a partir de la fecha de la sanción de la Ley provincial Nº 8.847 (sancionada por unanimidad el 18 de febrero y promulgada el 1 de marzo), los juicios y las medidas cautelares contra negocios o establecimientos comerciales que cuenten con aparatos receptores de señales de audio y televisión dentro de sus instalaciones.

Esta Ley decreta cesantes los juicios iniciados por la Sociedad Argentina de Autores, Intérpretes y Compositores (SADAIC), la Asociación Argentina de Intérpretes y la Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (AADI CAPIF), la Sociedad General de Autores de la Argentina de Protección Recíproca (ARGENTORES), la Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes (SAGAI), la Sociedad de Directores Argentinos Cinematográficos (DAC) y la Unión Argentina de Artistas de Variedades (UADAV). Estas entidades no pueden suspender ningún evento así como tampoco interrumpir el normal funcionamiento de los establecimientos alcanzados por la Ley, solo están habilitados a dejar una notificación.

En particular quedan suspendidos los juicios contra hoteles; moteles; hostels; residenciales; cabañas; albergues; complejos invernales y estivales; bares; confiterías; pastelerías; panaderías; estaciones de carga de combustibles con servicios gastronómicos; clínicas; sanatorios; hospitales y establecimientos asistenciales; y negocios de cualquier naturaleza.

Felicitamos a la Federación Económica de Tucumán (FET) por la gestión y el logro conseguido.

Para acceder al texto completo de la Ley, clic aquí

 

Los comentarios están cerrados.

Buscar
Archivos
Categorías