Conferencia de prensa por la Tasa de Publicidad y Propaganda
Se realizó en la mañana de este viernes una conferencia de prensa en las instalaciones de nuestra entidad en la que el Sr. Presidente Esteban Grecco y el Vicepresidente Daniel Sánchez, brindaron información sobre los alcances de los acuerdos a los que se arribó con la Dirección de Rentas de la Municipalidad de San Pedro, con relación a la aplicación de de la ordenanza 5977, para el pago de Derechos de Publicidad y Propaganda.
En la presentación, se comentaron detalles sobre una reciente reunión mantenida con el Director de Rentas saliente Edgardo Delbene y quien lo sucederá en el cargo, Alejandro Rial.
Nuestra entidad se dirigió a ellos para solicitar algunas reconsideraciones con respecto a esta ordenanza que no es nueva y que por lo tanto el Municipio se encuentra facultado para exigir su cobro.
El art. 14 de la citada norma establece que grava la publicidad o propaganda que se realice en la vía pública o que trascienda a ésta, así como la que se efectué en el interior de locales destinados al público: cines, teatros, comercios, campos de deportes, cafés, confiterías, bares, hoteles, hospedajes, almacenes y demás sitios de acceso al público, ya estén en los tablones, paredes, espejos, y en general siempre que su objeto sea la promoción de productos y mercaderías, realizados con fines lucrativos y comerciales, en los términos de la Ordenanza Fiscal.
El monto anual facturado en la boleta corresponde a todo el año 2012 y se factura por m2 de cartelería, dejándose establecido que no se fracciona o sea que se redondea en metros hacia arriba o hacia abajo según corresponda. También se recordó que en caso de divergencias notorias entre la superficie facturada y la real, el contribuyente deberá concurrir a la Dirección de Rentas Municipal, a efectos de formalizar la realización de un nuevo relevamiento.
Una de las novedades anunciadas fue que la tasa cuyo vencimiento operó el 10 de mayo del corriente año se prorroga hasta el día 10 de junio de 2012 y que aquellos contribuyentes que deban abonar montos superiores a los $ 500, podrán solicitar el desdoblamiento del pago en cuotas a determinar por la Dirección de Rentas Municipal, con una tasa de interés del 6% anual; siempre que el contribuyente registre un adecuado cumplimiento con el pago de la tasa de Seguridad e Higiene o regularice la misma mediante convenio de pago en forma previa a solicitar el plan de facilidades.
Otro dato significativo es que en caso de retirar la carteleria, el contribuyente deberá informar mediante nota presentada en la mesa de entradas municipal esta situación y, una vez realizado el relevamiento correspondiente, se procederá a reliquidar la tasa a la fecha de presentación de la nota.
Las autoridades del Centro de Comercio reiteraron que se encuentran a total disposición de los socios para brindar el asesoramiento adecuado para resolver cuestiones relacionadas con todos los temas inherentes a la actividad en general y con la aplicación de esta tasa en particular.
GALERIA FOTOGRAFICA DE LA CONFERENCIA DE PRENSA DISPONIBLE AQUI