Acuerdo salarial para empleados de comercio

OFOFOFEl Centro de Comercio e Industria de San Pedro informa que se ha recibido desde las entidades superiores la notificación sobre el acuerdo alcanzado para los empleados mercantiles. En la circular se destaca que aquellos empleadores que hayan otorgado aumentos durante el transcurso del año anterior a cuenta de la presente paritaria, cualquiera sea la denominación utilizada, podrán absorberlos.
Se pactó un incremento del 20% en dos tramos. El primero del 10% con carácter no remunerativo, que regirá a partir del mes de abril de 2017. El segundo tramo, también del 10% no remunerativo, regirá a partir del mes de julio de 2017.
En la práctica el incremento real, no nominal, es del 18.3%.

Como base de cálculo de dichos porcentajes se tomaron las escalas vigentes a abril 2017.
El primer tramo se incorporará en carácter remunerativo al salario a partir del 1 de julio de 2017 y el segundo mantendrá el carácter de no remunerativo hasta el 31 de octubre de 2017. Los dos tramos del incremento no serán acumulativos.
El acuerdo tiene vigencia por un año, es decir, desde el 1 de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018.
Aquellos empleadores que hayan otorgado aumentos durante el transcurso del año anterior a cuenta de la presente paritaria, cualquiera sea la denominación utilizada, podrán absorberlos.
Es importante destacar la incorporación de la cláusula “gatillo”, en el mes de octubre de 2017 y enero 2018, en cuya virtud, y en la medida que la inflación supere la pauta salarial, se procederá a los ajustes que pudiera corresponder

 

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